¿UNOS PRINCIPIOS BIOÉTICOS PARA TODA LA HUMANIDAD?

— Sexagésimo aniversario de la Declaración de los Derechos Humanos (1948-2008)

Por el Dr. J.Mª. Simón Castellví

Presidente de la Federación Internacional de Asociaciones Médicas Católicas (FIAMC)

www.fiamc.org

1.- INTRODUCCIÓN

Es clásico el intento, realizado por muchos y bajo diversas motivaciones, de compilar un código bioético escrito válido para toda la humanidad y aceptado por una gran mayoría. En sentido más amplio podríamos hablar también del intento de construir unas leyes generales de conducta para toda la humanidad. Ya se comprende que siempre habrá una minoría que no podrá o querrá acogerse al consenso. Pero también para ella podrán ser referencia las leyes generales.

No voy a marearles con citas, hoy fácilmente hallables en cualquier buscador informático universitario o a disposición del público general. La Medicina dispone desde hace siglos del Juramento Hipocrático o de la Oración de Maimónides o Rambam, judío español (1135, Córdoba- 1204, El Cairo). A mí, personalmente, aún reconociendo lo excelso, práctico y arraigado del Juramento de Hipócrates, me gusta más la Oración de Maimónides… Ello es un ejemplo de las diferencias que existen ente los seres humanos que trabajamos en Bioética. De hecho, no existe ni siquiera un consenso para delimitar los límites de la misma Bioética. Además, han surgido importantes disciplinas o ciencias que la complementan si es que no forman parte de la misma. Un ejemplo paradigmático es el de la Biojurídica (profesora Vilacoro).

Y aún les diré más. A mi juicio, la ciencia llamada Bioética – de nombre ciertamente atractivo- no nació hace 40 años con Potter. Los médicos, de siempre, hemos tenido libros de moral, ética y deontología médicas, que respondían a estándares científicos. Algunos, de la Barcelona de 1900, creo no tienen nada que envidiar a los actuales manuales. Es bueno conocer lo que en el pasado hicieron nuestros predecesores para, como mínimo, no incurrir en un “nuevo-riquismo bioético” o adanismo.

Pero la pregunta de si es posible hallar unos principios bioéticos comunes para toda la humanidad, y que además duren un cierto tiempo, está ahí. ¿Es ello posible?

2.- LOS DERECHOS HUMANOS

2.1.- LA DECLARACIÓN

Después de la Segunda Guerra mundial, tras las barbaridades nazis, muchas de las cuales habían sido auto-calificadas de “científicas”, la Asamblea de la Naciones Unidas proclamó la Declaración Universal de los Derechos Humanos (10 de diciembre de 1948). Como la Asamblea pidió que el texto fuera distribuido, expuesto, leído y comentado en las escuelas y otros establecimientos de enseñanza sin distinción, yo mismo –en honor y respeto- también lo hago. Y no en un anexo sino en medio del texto. En el sexagésimo aniversario.

Preámbulo

Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;

Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;

Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;

Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;

Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad;

Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y

Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso;

La Asamblea General

proclama la presente

Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.

Artículo 1

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 2

1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

2. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

Artículo 3

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo 4

Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Artículo 5

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 6

Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Artículo 7

Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Artículo 8

Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Artículo 9

Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

Artículo 10

Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

Artículo 11

1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.

2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

Artículo 12

Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

Artículo 13

1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.

2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.

Artículo 14

1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.

2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 15

1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.

2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

Artículo 16

1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.

2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.

3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

Artículo 17

1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.

2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

Artículo 18

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

Artículo 19

Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Artículo 20

1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.

2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

Artículo 21

1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.

2. Toda persona tiene el derecho de accceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.

3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.

Artículo 22

Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

Artículo 23

1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.

2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.

3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.

4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

Artículo 24

Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

Artículo 25

1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.

2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

Artículo 26

1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.

2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.

3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

Artículo 27

1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.

2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

Artículo 28

Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

Artículo 29

1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.

2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.

3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 30

Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.

(Adoptada y proclamada por la Resolución de la Asamblea General 217 A (iii) del 10 de diciembre de 1948)

2.2.- LAS OBJECIONES A LA DECLARACIÓN

A mi juicio, éste es un buen texto, útil como referencia para que las diferentes culturas trabajen en el bien del hombre. Sin embargo, cualquier científico y, por tanto, el pensador que lleva o debería llevar dentro, puede plantearse dos cuentiones nada baladíes:

¿Vienen los Derechos Humanos de algo más que de la voluntad de unos cuantos señores representativos de otra época? y

¿Puede haber grandes diferencias de interpretación del texto?

A la pregunta de si los Derechos Humanos vienen de algo más que del pensamiento de unos cuantos puestos en un momento determinado juntos por unos gobiernos que no han consultado a sus poblaciones, me atrevo a contestar que sí, que provienen de la substancia misma del ser humano. Y como el ser humano es naturaleza, de la misma naturaleza del ser humano. De su mismo ser. De su mismo ser intrínseco. Pensar lo contrario podría llevarnos, sin ningún lugar a dudas, a la conclusión falsa de que los Derechos humanos se pueden modificar por un grupo de señores (o señoras). Y que se pueden modificar tanto cuanto distinta sea la voluntad o las órdenes recibidas por este grupo. Incluso hasta el punto de quitar y poner derechos o incluso cambiarlo todo decisivamente.

Los Derechos Humanos no se crearon “ex novo”, es decir, de la nada, sino que respondían a una tradición secular – con sus más y sus menos, claro- que se adentraba en la profundidad de los tiempos de la Historia.

A la pregunta de si puede haber grandes diferencias en la interpretación del texto, hay que responder con la realidad, que de hecho las hay y que además el mismo lenguaje humano es limitado. Este es útil para acercarse a la verdad, pero al igual que las fórmulas matemáticas complejas son difíciles de escribir en frases corrientes, el texto tiene sus límites. Y miles de intérpretes. En ocasiones, los frutos reales han sido, por decirlo así, variables (Fernando Pascual) (1).

Hipotizando –es bueno que el ser humano y especialmente el científico se hagan preguntas y se planteen futuribles- podría incluso llegar el caso en que el papel desapareciera de la faz de la Tierra y los mismos soportes informáticos dejaran de funcionar.

Por todo ello, y porque hay muchas otras pruebas, no es descabellado pensar que la sustancia de los Derechos Humanos es más profunda, se halla en los genes y se puede denominar como “Ley natural”.

3.- LA LEY NATURAL

La Ley moral natural existe. Es la capacidad de la recta razón humana para conocer y adherirse a la verdad. En mi opinión, ningún profesional como el médico palpa tanto la existencia de esta ley.

Aunque la ley natural no coincide exactamente con las leyes biológicas, sabemos perfectamente que si minusvaloramos la fisiología humana nuestros pacientes irán mal. Nadie puede, por ejemplo, comer piedras sin transgredir las leyes de nuestro cuerpo y, por tanto, enfermar. Esto nos puede incentivar a comprender que hay también una ley que nos ayuda a valorar la dignidad humana y la vida en sociedad.

Casi todos sabemos que matar a un ser humano inocente está mal. O que robar está mal. Asimismo, sabemos muchos que si no consideramos al ser humano como un ser también psicológico, espiritual, familiar y social, nuestra interactuación con los demás será problemática, alejada de la realidad y las más veces errónea.

¿Se puede tratar a un enfermo sin considerar a su familia para nada? No.

¿ Se puede tratar a un enfermo como si no tuviera nada que ver con sus vecinos, amigos, compañeros de trabajo o inquietudes sociales? No.

¿Se puede tratar a un enfermo sin considerar que estadísticamente es posible que crea en un más allá? No.

¿Se puede tratar a un enfermo dejando de lado que muchos sanitarios tienen convicciones trascendentes y que también las tuvieron nuestros antepasados? No.

Como es natural, y persiguiendo la verdad tirando del hilo de los acontecimientos, uno se puede preguntar si la “Ley natural” está ahí por casualidad, caos o por la voluntad de dioses caprichosos como los de los antiguos griegos o quizá por la voluntad de Dios. Para algunos, éste es un dios desconocido (oyentes de Pablo de Tarso en el Aerópago de Atenas). Para otros es Dios y está detrás de la ley natural de la que es un reflejo la Declaración de los Derechos humanos.

Una pregunta legítima es si esta ley puesta por Dios en la naturaleza tuvo antes alguna explicitación en lenguaje humano. A mi juicio, sí la tuvo: Los Diez Mandamientos.

4.- LOS DIEZ MANDAMIENTOS

El ser humano, que tiene virtudes y defectos, que es igual en dignidad que los demás pero que no es igual en capacidades y habilidades (creo que esto no tengo que demostrarlo), necesita lenguaje humano, recordatorios, seguridades. Necesita leer su “manual de instrucciones” porque las señales del mundo a las que está sometido de continuo interfieren unas con otras. E interfieren también con las que le manda su ley natural. Así, el que está en el origen de todo, le escribió un buen resumen en unas tablas de piedra: son los famosos 10 Mandamientos. Millones de personas en el mundo creen en ellos, intentan llevarlos a la práctica y dan razón de ellos a quienes se la piden.

5.- LA AUTORIDAD EN LOS DERECHOS HUMANOS, LA LEY MORAL NATURAL Y LOS MANDAMIENTOS

Ya hemos dicho que el ser humano no es perfecto y que puede cometer grandes errores. Y no sólo eso, sino que está sometido a penurias y enfermedades. De otra manera, no existirían los médicos. Me atrevo a añadir que incluso millones de personas juntas pueden errar. Como ejemplo, tómese lo que se pensaba en la Edad Media sobre las enfermedades infecciosas o cómo democracias impecables hicieron barbaridades eugenésicas en nombre de la ciencia (Pablo Ginés) (2).

Sí, nos encontramos con un ser humano muchas veces frágil y sometido a vaivenes y errores. Nos encontramos con un ser humano capaz de cometer las más grandes barbaridades (véanse los nazis). Sabemos de la ley natural y de la posibilidad de la existencia de un Dios creador que no se ha desentendido del hombre. Podemos entonces razonablemente preguntarnos si no habrá además algún sistema vivo, inteligente y que se perpetúe que interprete auténticamente los requerimientos éticos de la humanidad en cada momento.

En mi opinión y en la de muchos, esta instancia es: La Iglesia.

6.- LA IGLESIA

Nadie que tenga un mínimo de sensibilidad puede no sobrecogerse al leer, por ejemplo, el Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia. Allí hay mucho. Allí hay jugo. Allí hay belleza, inteligencia, razón, sentido común, servicio, amor. Se trata de un gran tesoro que no tenemos oculto.

Pero esta sociedad está viva, con personas al frente que no huyen de su responsabilidad. Escucharlas es de sabios. Si alguien no lo hace, por lo menos que siga la Declaración de los Derechos Humanos. Si alguien no los sigue, al menos que siga la voz de su: Conciencia.

7.- CONCIENCIA

La conciencia es el último baluarte de la persona, su ámbito de intimidad en el que tomará decisiones y será responsable por ellas. Los seres humanos nacemos libres (dicen unos) o nos han hecho libres (pensamos otros), pero lo cierto es que somos libres y por tanto responsables. Si no fuéramos libres, la misma Declaración de los Derechos Humanos sería fatua.

Sin embargo, esta misma libertad, que significa en cada momento y para cada persona, escoger entre el bien y el mal, hace que cada generación tenga que poner en práctica los derechos. No basta con el sistema, la estructura, por buenos que sean. Es necesario que cada uno ponga en práctica lo firmado. Y, como es natural en el ser humano libre, a veces, se hace lo contrario de lo que se debería hacer…

La conciencia, para sernos útil, debe estar formada, informada y afinada. A nadie puede obligarse a actuar contra su propia conciencia. Hay actos que repugnan tanto a la persona que es de humanidad respetar su conciencia. Claro que los mismos que defienden actos repugnantes o crímenes contra la humanidad no tienen por qué respetar las conciencias…  Así, nos encontramos ante : El mal.

8.- EL MAL

El mal existe. Sus atribulados afectados lo saben muy bien. Es por ello que no podemos dejar la actuación de la humanidad sólo en manos de buenas palabras, declaraciones, la conciencia. Debe existir una justicia humana. Y muchos pensamos también que existe una justicia divina y que al final se realizará toda justicia.

Es muy ingenuo pensar que la sóla protección bioética basta para que los seres humanos obremos lo recto. No es suficiente. Son necesarios los educadores, los tribunales, las policías, las políticas preventivas, el perdón. No hay paz sin justicia. Pero tampoco hay justicia sin perdón.

En este sentido, la abolición total o la moratoria de la pena de muerte son intrumentos eficaces de perdón, justicia y paz. Al asesino se le “perdona” la vida y en lugar de administrarle su propia medicina se le confina en una cárcel con la esperanza de una rehabilitación.

Instituciones internacionales como las Naciones Unidas deben existir y actuar. Nosotros colaboramos con ellas (Véase Declaración sobre la UNESCO) (3). Sin embargo, dados los precedentes, deben ser progresivamente reformadas para dar un servicio real a la humanidad en el servicio a los Derechos Humanos. No bastan las declaraciones. Son necesarias también las intervenciones humanitarias, algunas veces incluso militares, los tribunales, las sanciones. Y trabajar incluso más allá de nuestras fronteras humanas.

Así, en mi opinión y en la de millones, no sólo debemos actuar los humanos sino que debemos dejar espacio a: DIOS.

9.- DIOS

No diré mucho sobre Dios. Sólo lo cito. Igual que lo hace el astrofísico  Stephen Hawking en su libro “Brevísima historia del tiempo”.

10.-  LA CIENCIA: FINES Y MEDIOS, QUE SE HAN DE BUSCAR MÁS ALLÁ DE LA MISMA CIENCIA, PARA QUE SEAN HUMANOS.

La inspiración que impulsa a la ciencia, las metas que se fija, los medios que elige emplear son previos –están más allá de- la misma Ciencia.

Un ejemplo elemental nos dice que no es lo mismo investigar para producir un arma nuclear, que investigar en física nuclear para hallar radiaciones que permitan curar o aliviar el cáncer. Y es evidente que un científico con sano sentido ético preferirá la segunda alternativa a la primera, preferirá que el conocimiento científico esté al servicio de una causa que ayuda a la humanidad y no a otra que amenaza destruirla.

También se plantea un caso transcientífico en la elección de los medios de la investigación científica. Siguiendo con ejemplos elementales, un médico investigador con sano sentido moral, se prohibirá a sí mismo una experimentación con seres humanos que sea cruel o peligrosa para los hombres cobayas.

Pero a veces se presentan casos fronterizos en que una argumentación seductora puede conducir a decisiones antimorales de científicos que quizá tiene buena voluntad pero poca reflexión ética. En realidad, es paradigmática la situación del científico en la época alemana nacionalsocialista. Por experiencia sé que hablar de ese tiempo negro de Alemania pone nerviosos a muchos, y no precisamente a los tedescos.

Los fines para un alemán eran plausibles: la mayor felicidad de los alemanes, de la patria alemana, pero se deslizaba una máxima que malea, pudre, muchas decisiones políticas y también científicas. Que el fin justifica los medios. Dame un fin bueno y justificaré no importa qué medios, incluso los que en una primera lectura son claramente criminales.

En el trasfondo de este marco, que llevó, por ejemplo, a la eliminación eugenésica –eutanasia forzada- de muchos enfermos mentales, hay una aparente ausencia de religión, se trata de argumentaciones racionales aunque pervertidas. Ausencia aparente porque si se niegan las creencias tradicionales, se afirman nuevas creencias (el hombre no puede vivir sin creer en algo); si el hombre abdica de creer en un solo Dios justo y bueno, adorará ídolos, que en nuestra época racional, no serán de piedra, sino algún ideal mitificado, el propio yo, la propia inteligencia, o los diamantes, el petróleo, el silicio…

Estas creencias míticas , serán para un cierto tipo de socialistas, alcanzar una sociedad opulenta y sin clases. Para otras corrientes ideológicas, la mayor felicidad para el mayor número, minimizar el dolor, maximizar la riqueza, etc. Todos estos fines aparecen como buenos, pero frecuentemente vienen minados por la perversa máxima de que el fin justifica los medios. Así, para acortar la guerra, minimizar el dolor de muchos, pareció bueno causar centenares de miles de víctimas inocentes en dos ciudades japonesas, bombardeadas por sendas bombas atómicas (Hiroshima y Nagasaki). O para lograr la mítica sociedad sin clases, se justificó asesinar en la Unión Soviética a millones de personas. Estas creencias pseudorreligiosas se tornaron abominables ídolos ante los que se sacrificaban vidas humanas.

Pero la pervivencia de la máxima abominable citada es en nuestros días en formas más sutiles: bendiciendo la eutanasia (que es aquella acción u omisión que por ella misma o en la intención termina con la vida de un enfermo para aliviarle unos sufrimientos), justificando la esterilización obligatoria en algunos países, imponiendo abortos selectivos contra los fetos hembra, etc.

Nunca se puede hacer un mal para conseguir un bien. Ni siquiera se puede hacer un mal menor para conseguir un bien. Si acaso, se tolera un mal menor. Pero el mal nunca debe realizarse. Además, siempre hay que conseguir el mejor bien posible (Carta mía a los médicos católicos de todo el mundo) (4)

Si sólo nos tenemos que preocupar de que las consecuencias sean supuestamente buenas para justificar un acto, si no se cree que hay valores anclados en la naturaleza humana y en la existencia de Dios (sin abdicar de la razón, con una fe purificada de fanatismos), entonces es muy fácil caer en cebos que terminan para muchos siempre en sangre.

REFERENCIAS

(1)http://www.forumlibertas.com/frontend/forumlibertas/noticia.php?id_noticia=10041&id_seccion=8

(2) http://www.forumlibertas.com/frontend/forumlibertas/noticia.php?id_noticia=9965

(3)http://aica.org/aica/documentos_files/Otros_Documentos/Varios/2004_06_asociaciones_medicas_catolicas.htm

(4) www.fiamc.org (portada)

ORACIÓN DE MAIMÓNIDES

Oh Dios, llena mi alma de amor por mi arte y por todas las criaturas.

Que no admita que la sed de ganancia y el afán de gloria me influencien en el ejercicio de mi arte, porque los enemigos de la verdad y del amor de los hombres podrían fácilmente hacerme abusar y apartarme de hacer bien a tus hijos.

Sostén la fuerza de mi corazón para que esté siempre pronto a servir al pobre y al rico, al amigo y al enemigo, al bueno y al malo.

Haz que no vea en el hombre más que al que sufre.

Que mi espíritu se mantenga claro en el lecho del enfermo, que no se distraiga por cualquier pensamiento extraño, para que tenga presente todo lo que la experiencia y la ciencia le enseñaron; porque grandes y sublimes son los progresos de la ciencia que tienen como finalidad conservar la salud y la vida de todas las criaturas.

Haz que mis pacientes tengan confianza en mí y en mi arte y que sigan mis consejos y prescripciones.

Aleja del lecho de mis pacientes a los charlatanes, al ejército de parientes que dan mil consejos y a aquéllos que saben siempre todo; porque es una injerencia peligrosa que, por vanidad, hace malograr las mejores intenciones y lleva muchas veces a la muerte.

Si los ignorantes me censuran y escarnecen, otórgarne que el amor de mi arte, como una coraza, me torne invulnerable, para que pueda perseverar en la verdad sin atender al prestigio, al renombre y a la edad de mis detractores. Otórgame, Dios mío, la indulgencia y la paciencia necesaria al lado de los pacientes apasionados o groseros.

Haz que sea moderado en todo, pero insaciable en mi amor por la ciencia. Aparta de mí la idea de que lo puedo todo.

Dame la fuerza, la voluntad y la ocasión para arnpliar cada vez más mis conocimientos.

Que pueda hay descubrir en mi saber cosas que ayer no sospechaba, porque el arte es grande, pero el espíritu del hombre puede avanzar siempre más adelante.